2016/08/25

Grandes empresas financiarán el 62% del costo del nuevo fondo solidario

Informe de Hermann Consultores reveló que el incremento de 5% en las cotizaciones equivale a unos US$2.400 millones anuales para este tipo de firmas cuando la reforma esté en régimen. Las pequeñas asumirían el 11,4% del costo total.Carlos AlonsoCARLOS ALONSO www.pulso.cl

El Gobierno sigue en la fase de dialogo y buscar consenso en torno a las propuestas para perfeccionar el sistema de pensiones. Un eje central de esas modificaciones es la que incorpora el aumento gradual de las cotizaciones previsionales pasando del actual 10% a 15%en un plazo de 10 años. ¿Pero cuál es el costo que tendrá este incremento cuando esté en régimen? , ¿qué tipo de empresas asumirá mayormente el costo de este incremento?
Un informe de Hermann Consultores reveló que del costo total que asumirán las empresas al implementar esta alza, un 62% recaerá en las grandes firmas. Si bien este tipo de firmas en cantidad son sólo 13.979, tienen el mayor número de trabajadores (4.531.600), todo ellos con contrato formal de trabajo y con un salario promedio de $591.734.
En el detalle, el cálculo se basa en la información de salarios brutos obtenidos del Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre los salarios de los trabajadores por tamaño de empresa en dólares a precios de hoy. El salario bruto promedio mensual a precios de hoy es $811.446 en las empresas sin información de ventas, $591.734 en grandes empresas, y entre los $279.884 y $355.826 en la mipymes. En este escenario se observa que las grandes empresas tienen salarios superiores en relación al resto de las empresas con las que se cuenta información de ventas anuales. De esta manera, en el informe se observa que alrededor de US$2.400 millones anuales recaería en las empresas grandes, lo que equivale a un 62% del total. Más atrás se ubican las pequeñas empresas con un 11,4% del costo total, (US$ 448 millones), seguido por las firmas medianas que representa el 11,2% del incremento con un monto de US$441 millones.
Mucho más atrás se sitúan las microempresas con sólo 4,7% del alza de la cotización, que equivale a $184 millones. Una mención aparte son las empresas que se declaran sin información de venta, pues representan el 11% con un costo de US$430 millones extras. En estas firmas se incluyen empresas con renta presunta. 
Análisis. Ahora bien, para señala Jorge Hermann, director de Hermann Consultores, la implementación de estas reformas debe ser monitoreada tanto a las grandes empresas como las micros y pequeñas. Para primer caso, Hermann sostiene que “éstas aportan el 80% del PIB, por ello este aumento podría generar impacto en la inversión y el crecimiento. Todo esto es algo que se debe seguir de cerca”. Mientras que para las pymes, señala que “pese a que no les afecta mayormente se debe analizar cuidadosamente la aplicación en el tiempo, ya que están afectas ante un cambio regulatorio”. Por esta razón, más allá de que el costo es menor, el Ministerio de Economía debe realizar un estudio previo sobre el impacto que pueda tener sobre este tipo de empresas.
Para Hermann, un eventual efecto sobre el mercado laboral no se reflejaría en la creación de empleo propiamente tal, sino que más bien en las remuneraciones de los asalariados, ya que existen contratos de trabajo con sueldo fijo y variable, y es ahí donde puede reflejarse mayormente el impacto. También advierte que las grandes empresas aportan cerca del 80% del PIB. Por ello, si el alza recae mayormente en este tipo de empresas podría tener un impacto en la producción.
Metodología. Este cálculo se realiza a partir de declaración jurada 1887 en la cual se obtiene el número de trabajadores dependientes con contrato y su remuneración respectiva. En este caso, la remuneración es la renta total neta pagada, cifra que resulta de sumar las rentas mensuales -descontadas las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio y/o voluntaria - pagadas a cada trabajador, entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2015. Esto equivale a personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial que hayan pagado rentas del Art.42 Nº1, de la Ley de la Renta, consistente únicamente en sueldos, sobresueldos, salarios y cualesquiera otras rentas similares (excluidas las pensiones, jubilaciones o montepíos), correspondientes al año inmediatamente anterior al que se informa. 
Del cálculo se excluyen las personas que utilicen servicios de casas particulares, que tengan la calidad de trabajadores dependientes y las personas que efectúan su propia retención de impuesto. De esta manera se procede a calcular la renta total bruta pagada incorporando las cotizaciones obligatorias de previsión 10% y salud 7% para realizar los cálculos sobre el costo de la cotización adicional del 5% de la renta bruta de los trabajadores por tipo de empresa.
Valdés: vamos a lograr un acuerdo
El martes la UDI condicionó su participación en el acuerdo sobre el sistema de pensiones debido a que el Gobierno destinaría la totalidad del alza de 5% en las cotizaciones al pilar solidario colectivo. Ante esta situación, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, señaló que “ todas las declaraciones públicas que tratan de extremar las posiciones, son parte de la discusión y no hay que tomarlas como una posición definitiva”. Por ello, acotó que “no pierdo la fe en que vamos a lograr un acuerdo”. 


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